¿Que uno de los aspirantes presidenciales renuncie y apoye a
otro es posible según la legislación electoral? Verificado 2018 te explica qué
dice la ley y que consecuencias tendría un caso así en los próximos comicios.
Omar González / Verificado 2018
En redes sociales se difunden rumores sobre una supuesta
declinación de alguno de los candidatos
presidenciales a favor de otro.
¿Pero puede declinar un candidato por otro? ¿Qué dice la ley
ante este escenario? Verificado 2018 te lo explica.
La figura de “declinación” no existe en la legislación
electoral, pero ya ha ocurrido en la práctica: en el proceso electoral del año
2000 el candidato Porfirio Muñoz Ledo, del Partido Auténtico de la Revolución
Mexicana (PARM), declinó a favor del abanderado panista Vicente Fox Quesada.
Cuando un candidato declina a favor de otro, lo que está
haciendo es renunciar a la contienda, pero esto no representa legalmente una
alianza formal con el partido o coalición por la que se muestra apoyo, pues en
la ley, la fecha límite para el registro de coaliciones fue el 14 de diciembre
de 2017. Después de ese día, no hay cambios o la posibilidad de ‘añadir’
partidos.
Lo que sí se puede hacer es, según el artículo 241 de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), es que si un
candidato renuncia antes del 1 de junio de 2018 —30 días naturales antes de la
elección— el partido o coalición que lo postuló tiene la posibilidad de
registrar a otra persona como candidato y garantizar que éste aparezca en la
boleta.
Si no se registra a nadie, o la renuncia se presenta en fecha
posterior, en la boleta electoral aparecerá el nombre del candidato que
renunció, y los votos obtenidos por el partido o coalición se considerarán como
votos nulos.
No existe escenario en la ley vigente en el que declinar por
otro candidato implique que los votos obtenidos por el aspirante que renuncia
se transfieran al que obtuvo el apoyo; tampoco es posible transferir recursos
públicos asignados para hacer campaña.
Según explica Paula Sofía Vásquez, experta en temas
electorales de Strategia Electoral, la declinación de un candidato a favor de
otro sólo es de carácter mediático, no de transferencia automática de votos.
“No se puede esperar que el total de personas que apoyan al
candidato que declina, voten por el candidato por el cual se declinó”.
Algunos casos de declinaciones políticas han sido:
- Nuevo León:
Fernando Elizondo, aspirante a la gubernatura de Nuevo León declinó a favor del
candidato independiente, Jaime Rodríguez “El Bronco”. Elizondo ocupó el puesto
de coordinador ejecutivo de la Administración Pública de Nuevo León hasta abril
de 2017.
- Estado de
México: Óscar González Yañez, candidato del Partido del Trabajo a la
gubernatura del Estado de México en 2015, declinó a favor de la candidata de
Morena, Delfina Gómez.
- Michoacán:
Gerardo Dueñas Bedolla, candidato del Partido Humanista a la gubernatura de
Michoacán, declinó en 2015 a favor de Silvano Aureoles,candidato del Partido de
la Revolución Democrática (PRD).
- Sonora: El
candidato del Partido Encuentro Social (PES) a la gubernatura de Sonora, Manuel
de Jesús Baldenebro, declinó a favor de la abanderada del PRI-PVEM, Claudia
Pavlovich.
- Elección
presidencial 2000: El candidato del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana
(PARM), Porfirio Muñoz Ledo declinó a favor del candidato del PAN, Vicente Fox
Quesada.
- Elección
Presidencial 1988: El candidato del Partido Mexicano Socialista (PMS) Heberto
Castillo declinó a favor del abanderado del Frente Democrático Nacional,
Cuauhtémoc Cárdenas.
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