Además de la credencial, los ciudadanos deben estar dentro
del padrón electoral para votar. El INE realiza una depuración del padrón
electoral cuando las personas fallecen o pierden derechos políticos.
Yuriria Ávila / Verificado 2018
El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó que el día de la
elección los ciudadanos voten en nombre de hasta tres familiares fallecidos, de
acuerdo con una noticia obviamente falsa que circula en redes sociales, pero
que se ha compartido más de 23 mil veces en la página de Facebook Contacto
Visión Noticias.
De acuerdo con la publicación, los familiares de las personas
fallecidas podrán votar en nombre de sus seres queridos acaecidos, siempre y
cuando hayan muerto antes de diciembre de 2017, tuvieran más de 18 años y una credencial
de elector vigente antes de morir.
La publicación fue creada en la página de noticias de sátira
El Ruinversal, que es un portal de noticias satíricas. Sin embargo, varios
usuarios de Facebook comentaron su indignación sobre el supuesto cambio en las
reglas electorales.
“Si un muerto va poder votar entonces k ahora autoricen k no
c pierdan las penciones k ellos cobraban y se las cedan a los hijos ...y veran
k a ninguna institucion medica le va a parecer k resusite ningun muerto ..k
desepcion t llevas dia a dia de las cosas k hacen en nuestro pais habran los
ojos ciudadanos y elijamos bien a las personas k nos gobernaran los siguientes
años (sic).” comentó una usuaria que recibió 2 mil 94 reacciones a su
comentario.
“Como es posible semejante barbaridad, por eso estamos así en
México, ya que no el Gobierno sirve para nada, somos una burla para los demás
países (sic)” recibió 147 reacciones.
De acuerdo con la nota falsa, Lorenzo Córdova, consejero
presidente del INE, sostuvo que “Es un permiso que causará controversia pero
que no tiene ningún impedimento legal para efectuarse, ya que prácticamente la
constitución no prohíbe que un muerto puede votar.”
Además de que no es una afirmación del consejero presidente,
es falso que no exista un impedimento legal.
El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e
intransferible, según se establece en el artículo siete de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), por lo que únicamente podrá
emitir un voto el titular de la credencial de elector.
Para poder ejercer su voto, los ciudadanos deben de contar
con una credencial para votar y estar inscritos en el Registro Federal de
Electores, de acuerdo con el artículo 9 de la LGIPE.
La LGIPE también señala que cuando un ciudadano fallece, el
Registro Civil de cada entidad tiene hasta 10 días para informar al INE del
fallecimiento del ciudadano y así darlo de baja del padrón electoral. El
Instituto mantiene un convenio con los registros civiles de las 32 entidades
federativas, quienes periódicamente se mantienen en comunicación, de acuerdo
con René Miranda, Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores. El
instituto también da de baja del padrón electoral a un fallecido, cuando los
familiares entregan una acta de defunción o brindan un testimonio.
Aún así, de acuerdo con Miranda, el padrón cuentan con cerca
de 700 mil personas fallecidas que no fueron dadas de baja por diferentes
circunstancias. Sin embargo, según mencionó, esta es la tasa más baja de
fallecidos en el padrón electoral de la historia.
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