Por disposición oficial, 13 distritos —de los 300 del país—
contarán con un diputado indígena en el Congreso que se instalará el próximo 1
de septiembre tras la elección.
Karen de la Torre / Verificado 2018
Estas serán las primeras elecciones en que al menos 13
curules en la Cámara de Diputados están asegurados para las comunidades
indígenas. La medida, aunque histórica, sigue siendo insuficiente: en México
hay 25.7 millones de personas que se reconocen como indígenas, es decir, 21.5%
de la población. Si esta proporción se traslada a los 300 diputados federales
de mayoría relativa, esto significaría que se requeriría un representación de
64 diputados indígenas en la Cámara.
En 2005, el INE dividió el territorio nacional en 300
distritos para dar cumplimiento a la reforma constitucional de 2001, la cual
indicó que debía tomarse en cuenta la ubicación de las comunidades indígenas
para asegurar su participación política.
Entre otras cosas, esta reforma impulsó la unificación del
voto de las comunidades indígenas, y para materializarlo, la Comisión Nacional
para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) determinó que se debían
observar los municipios conformados con un 40% de población indígena para
cumplir con la representatividad. Así se definieron los 28 distritos indígenas:
cinco en Chiapas, dos en Guerrero, dos en Hidalgo, siete en Oaxaca, cuatro en
Puebla, uno en Quintana Roo, uno en San Luis Potosí, tres en Veracruz y tres en
Yucatán.
No obstante, el Instituto Nacional Electoral (INE) estableció
para el proceso electoral de 2018, como requisito, que al menos en 12 distritos
—en lugar de los 28 establecidos— los partidos políticos postularan candidatos
indígenas. Finalmente, gracias a una resolución del Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación (TEPJF) subieron a 13 los distritos que
contarían con esta medida.
La disposición oficial todavía no cumple ni con la
representatividad por número de indígenas, ni con la medida constitucional de
la redistritación para que los 28 distritos indígenas estén debidamente
representados en el Congreso. QUIEN DICE
Los 13 distritos que sí tendrán representación indígena son:
Tamazunchale en San Luis Potosí; Valladolid y Ticul en Yucatán; Huejutla de
Reyes en Hidalgo; Tantoyuca en Veracruz; Tlapa en Guerrero; Teotitlán de Flores
Magón y Tlacolula de Matamoros en Oaxaca; y Palenque, Bochil, Ocosingo, San
Cristóbal de las Casas y las Margaritas en Chiapas, los cuales cuentan con
población mayoritariamente indígena.
Juan Carlos Martínez, abogado y antropólogo social, experto
en materia electoral y derechos indígenas, detalla: “La CDI determinó que
cuando hubiera 40% de población indígena en un municipio ya lo hacía indígena
por una cuestión de representación. Ahora el INE de manera discrecional, sin
tener criterios claros del por qué, aumenta a 61% de la población reconocida
como indígena para que pueda ser elegida, lo cual rompe el sentido de acción
afirmativa. El 61% es un asunto completamente discrecional e ilógico”.
Al consultar directamente con el INE las razones para este
ajuste, éste remitió al acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional
Electoral del 30 de noviembre de 2017, donde explica: “Se considera que tomar
como base un 40% —en correspondencia con el porcentaje de población que se
utilizó para definir un Distrito como indígena en la pasada redistritación
federal— resulta idóneo como medida para utilizar en el presente Proceso
Electoral. De ahí que se proponga que los partidos políticos y/o coaliciones
postulen, en por lo menos 40 por ciento de los 28 Distritos indígenas del
país”.
Además, el acuerdo dice que es justo en 12 distritos (el 40%
de 28 distritos) que se cuenta con una población mayoritariamente indígena: el
61%.
Sin embargo, esta medida obliga a las comunidades a tener una
mayoría indígena absoluta “para realmente tener voz en las instancias de
representación, lo cual es contradictorio”, advierte Martínez Martínez.
Con la medida del 61%, para los 15 distritos indígenas
restantes, lo único seguro es que podrán votar con identidad cultural, es
decir, su voto estará unificado, pero por no ser una mayoría absoluta de
población en sus municipios no tienen asegurado su derecho a ser votados.
¿Quién se opone? Los partidos
Aunque es una medida que sigue siendo insuficiente para que
las comunidades indígenas estén representadas en el Congreso, los partidos
políticos son los que se oponen a la medida. Promovieron 19 recursos en
desacuerdo con estos lineamientos.
El Partido Verde Ecologista se opuso a la medida de
inscripción forzosa de candidatos indígenas en los distritos con mayoría de
esta población y alegó que había una transgresión a la autonomía de los
partidos.
A la vez, 15 ciudadanos y el Partido Encuentro Social se inconformaron
porque la medida sólo aseguraba para los indígenas un 4% de participación entre
los 300 diputados que se eligen; y señalaron que los lineamientos eran un
obstáculo para asegurar la participación de la población indígena, al menos en
la totalidad de los 28 distritos nombrados para su reconocimiento.
El Tribunal Electoral resolvió cambiar los lineamientos del
INE y determinó que el criterio “objetivo” para lograr la representatividad era
obligar a los partidos políticos a inscribir sus fórmulas de población indígena
en los distritos en que la población alcanzara el 60% y no el 61%; de esta
forma, incrementó apenas un distrito para asegurar 13 curules a la población
indígena.
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